Donativos
Creemos firmemente que anunciar el Evangelio es una misión urgente y transformadora. Como asociación católica, trabajamos cada día para llevar la Palabra de Dios a los lugares donde más se necesita, promoviendo la fe, la dignidad humana y la esperanza cristiana.
Tu colaboración económica es esencial para que esta misión continúe creciendo. Gracias a tu generosidad, podemos formar a los miembros, organizar retiros y encuentros, producir materiales evangelizadores, acompañar comunidades y llevar consuelo espiritual a quienes atraviesan situaciones difíciles.
Cada donación, grande o pequeña, es una semilla de fe sembrada en terreno fértil. Puedes colaborar con una aportación puntual, un donativo mensual o apoyar campañas concretas de evangelización. Además, gestionamos todos los recursos con transparencia y responsabilidad, poniendo siempre a Cristo en el centro de nuestras acciones.
Te invitamos a unirte a esta misión con tu oración y tu apoyo económico. Porque cuando el Evangelio llega al corazón de una persona, todo puede cambiar.
Evangelizar es amar. Y juntos, podemos llevar ese amor al mundo.
Si quieres colaborar con nuestra Asociación, puedes :
- Enviar dinero a través de BIZUM al código 01323 (Acción Católica General España)
- Hacer un ingreso en la cuenta del Banco de Santander: ES52 – 0049 – 1182 – 35 – 2190045270 cuyo titular es Acción Católica General. En el concepto indica tu nombre o razón social. No se admitirán ingresos anónimos.
Por medio de PayPal:
Para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos facilites un justificante del ingreso e indicando además tus datos completos: nombre y apellidos, DNI o NIF, C.P. y provincia al correo
Para donativos periódicos, escribe a
DEDUCCIONES Y DESGRAVACIÓN
Si has decidido hacerte benefactor o realizar un donativo puntual te informamos que puedes deducirte estas donaciones de tu declaración de la renta.
Actualmente estos son los tipos de deducción aplicables para las donaciones puras y simples que se realicen a favor de Ayuda a la Acción Católica General como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
Primeros 250 €: Deducción 80%
Resto: Deducción 40%
Donativos recurrentes: Deducción 45%
Límite deducción base liquidable: Deducción 10%
PERSONAS JURÍDICAS (IS)
Donaciones en general: Deducción 40%
Donativos recurrentes: Deducción 50%
Límite deducción base liquidable: Deducción 10%